Las zonas que comiencen la Fase 3 pueden retomar la competición

Las zonas que comiencen la Fase 3 pueden retomar la competición

Equipación Manfredi

30-05-2020 Nota de Prensa RFHE

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Hoy la RFHE ha publicado una comunicación explicativa sobre la Orden Ministerial del 30 de Mayo, siendo así una guía para la Fase 3. Vuelta a la Competición . En pocas palabras, las zonas que comiencen la fase 3 pueden retomar la competición

Ha sido publicada la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la FASE 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En materia deportiva la Orden permite:

  •  los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas
  • la celebración de espectáculos y actividades deportivas (competiciones)
  •  y flexibiliza algunas de las medidas relativas a la apertura de instalaciones deportivas (tanto al aire libre como cerradas).

Como RESUMEN principal de las condiciones de vuelta a la competición y flexibilización de esas medidas podemos apuntar:

1. COMPETICIONES DEPORTIVAS

Será posible la celebración de espectáculos y/o actividades deportivas (competiciones) al aire libre o en instalaciones deportivas abiertas o cerradas, de acuerdo con estas condiciones:

  • La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada
  • El número de personas que podrán acceder a los recintos de las competiciones será el necesario para el adecuado desarrollo de las mismas
  • Se seguirán siempre las medidas y protocolos establecidos por las autoridades sanitarias y el Consejo Superior de Deportes1

2. ACTIVIDAD EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS

En las instalaciones deportivas al aire libre se podrá realizar actividad deportiva tal y como venía siendo ahora (fase 2) y además:

  •  Se permitirán grupos de hasta veinte personas
  • Sin superar el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido
  • Los deportistas podrán acceder a las instalaciones acompañados de una persona distinta de su entrenador
  • Deberá mantenerse una distancia de seguridad de dos metros, siempre que sea posible
  • No será necesaria la concertación de cita previa para la realización de las actividades deportivas
  • Y queda permitida la utilización de vestuarios y zonas de duchas2

3. ÁMBITO TEMPORAL Y TERRITORIAL DE APLICACIÓN

El 1 de junio entrará en vigor esta Fase 3 en estas Unidades territoriales

  • En la Comunidad Autónoma de Canarias: las islas de La Gomera, El Hierro y La Graciosa.
  • En la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: la isla de Formentera.

Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la FASE 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad